Año 2022, mayo. Foro N° 5.
El nuevo Directorio Catequístico hace alusión a que, en esta cultura han surgido nuevos escenarios familiares que han alterado la noción y la realidad de la familia. Como consecuencia de que los compromisos a largo plazo se han vuelto precarios y donde se sobrevalora la búsqueda del placer y de la inmediatez, las crisis matrimoniales y familiares aumentan, y a menudo se resuelven, dando origen a nuevas relaciones, nuevas parejas, nuevas uniones y nuevos matrimonios, creando situaciones familiares complejas y diversas. (DC 233).

Esto ha enfrentado al pensamiento cristiano con varios desafíos: ¿Cómo anunciar hoy el valor evangélico y profético de la institución ‘familia’ en medio de un escenario sociocultural, donde aparece desdibujada y cuestionada en sus funciones? ¿Cómo proclamar a ‘la familia’ cómo ámbito de acogida de la vida nueva que llega como regalo de Dios, cuando éstas aparecen destruidas, en crisis, con compromisos precarios e inclusos muchas veces amenazantes hacia los propios hijos? ¿Cómo entender y revalorizar las funciones de ‘las familias’ acompañando aquellas reales, muy diversas en sus formas, si no logramos desligarnos de la imagen que aún subsiste en el imaginario colectivo y personal idealizado, como es la llamada familia tradicional? ¿No existirá otra forma alternativa de poder pensarlas?
Convencidos de que el mensaje del cristianismo relacionado al valor de la institución ‘Familia’ sigue siendo válido, es preciso encontrar caminos nuevos para que el anuncio evangélico pueda ser creíble y lleno de sentido en este mundo en el que vivimos. Les propongo, así, analizar el tema utilizando los marcos de referencia y algunos de los principios que la misma fe católica a través del Concilio Vaticano II nos ha planteado.

Desde las concepciones de Salud, se podrían realizar algunas consideraciones: existen familias que funcionan en su dinámica interna, como sistemas cerrados y otras como sistemas abiertos, familias más tóxicas y otras menos tóxicas, familias más sanas en sus vínculos y otras más expulsivas o generadoras de patologías, familias que generan apego más seguro a sus integrantes y otras que promueven la desorganización de sus individuos. Todas estas características mencionadas no dependen fundamentalmente de los tipos de familias a las que uno se refiera, sino a sus dinámicas vinculares generadas a la interna de las mismas. (Bolby, John. (1969, 1973 y 1980). Ainsworth, Mary. (1978). Fonagy (1993). Espinal, I., Gimeno, A. y González, F. (2004). Rojas-Marcos, Laura. (2014)).

Desde un marco de referencia de derechos,
El Artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma: “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado”. Luego, La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN) consagra el derecho de niños y niñas a vivir con su familia y a ser cuidados por esta, así como el deber del Estado de garantizar los apoyos necesarios para que las familias puedan cumplir cabalmente su rol (artículos 9, 18, 20, 21 y 27).
La normativa nacional en materia de niñez recogiendo los principios de la Convención y avanzando en el camino de aplicación de sus Directrices plantea en la ley 17.823, de 2004, en su artículo 12 lo siguiente: “Todo niño y adolescente tiene derecho a vivir y crecer junto a su familia y a no ser separado de ella por razones económicas. Solo puede ser separado de su familia cuando en su interés superior y en el curso del debido proceso las autoridades determinen otra relación personal sustitutiva. En los casos en que sobrevengan circunstancias especiales que determinen la separación del núcleo familiar, se respetará su derecho a mantener vínculos afectivos y contacto directo con uno o ambos padres, salvo si es contrario a su interés superior. Si el niño o adolescente carece de familia, tiene derecho a crecer en el seno de otra familia o grupo de crianza, seleccionada de acuerdo a su bienestar. Solo en defecto de esta alternativa, se considerará el ingreso a un establecimiento, público o privado. Se procurará que su estancia en el mismo sea transitoria”. Y luego en la ley 19092 del 2013 establece un orden preferencial a las medidas de protección que el juez debe tomar cuando un niño, niña o adolescente está privado de su medio familiar. Lo primordial es integrarlo con su familia biológica o extensa, es decir, aquellas personas con quienes el niño haya desarrollado vínculos significativos. La segunda opción será la inserción provisional en una familia seleccionada por el Registro Único de Aspirantes a la Adopción, de INAU. En el orden preferencial sigue la inserción en una familia de acogida, y la última opción es la internación. (Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Ley 17823. (2004). Ley 19092. (2013))

Pensemos ahora desde los principios de la bioética. Si aplicamos el llamado ‘Principio de Beneficencia’, ningún educador tiene derecho a imponerle a nadie sus ideas del bien. Esto implica que ¿Quién dice, que un tipo de familia es mejor que otro? ¿Desde dónde se realizan ese tipo de valoraciones? Esto vuelve muy importante conocer la realidad familiar de los sujetos concretos que se tiene a cargo como educador sexual y acompañar sus procesos, para permitir dar pasos asertivos hacia el logro de sistemas más abiertos, menos estereotipados en sus vínculos y en su dinámica intrafamiliar, así como reasegurar todos aquellos aspectos que les ayuden a recorrer ámbitos de seguridad emocional y de acogida humanizante a los individuos que la integran.
Si uno se refiere al llamado ‘Principio de No Maleficencia’ es importante señalar que una Educación Afectivo Sexual que no tenga en cuenta que, la realidad socio cultural ha ido modificando las composiciones y vínculos familiares y que no logre prescindir del substrato idealizado que se tiene en el subconciente de la familia tradicional, corre el riesgo de no poder entender al sujeto concreto que tiene a cargo en su situación histórica e imponerle fórmulas, exigencias o ideales que lo podrían dañar más, que aquel bien que se le pretende realizar.
Por último, les propongo considerar lo que plantea la concepción cristiana.

El Concilio Vaticano II ya afirmaba la importancia de promover la familia como valor, lo que implica reconocerle su dignidad de ser un espacio privilegiado en el desarrollo de las personas. (Gaudium et Spes 4852).
Al respecto, el Papa Francisco recuerda “Nuestro Dios, en su misterio más íntimo, no es una soledad, sino una familia, puesto que lleva en sí mismo paternidad, filiación y la esencia de la familia, que es el amor. Este amor, en la familia divina, es el Espíritu Santo”. La familia no es pues algo ajeno a la misma esencia divina. (Amoris Laetitia, 11)
“La familia es un bien del cual la sociedad no puede prescindir, pero necesita ser protegida. La defensa de estos derechos es una llamada profética en favor de la institución familiar que debe ser respetada y defendida contra toda agresión, sobre todo en el contexto actual” (Amoris Laetitia, 44)
“La alianza de amor y fidelidad, de la cual vive la Sagrada Familia de Nazaret, ilumina el principio que da forma a cada familia, y la hace capaz de afrontar mejor las vicisitudes de la vida y de la historia. Sobre esta base, cada familia, a pesar de su debilidad, puede llegar a ser una luz en la oscuridad del mundo”. (Amoris Laetitia, 66).
Agrega Francisco más adelante que, “La familia es el ámbito no sólo de la generación sino de la acogida de la vida que llega como regalo de Dios. Cada nueva vida nos permite descubrir la dimensión más gratuita del amor, que jamás deja de sorprendernos. Es la belleza de ser amados antes: los hijos son amados antes de que lleguen”. (A.L.166)
El norte cristiano orientador de la vida de los seres humanos da cuenta de ‘la Familia’ como horizonte de la existencia. Por tanto, la educación sexual y afectiva a la que adherimos busca formar a la persona en dicho valor, como proyecto a construir, lleno de sentido, y a defender y perdurar en el tiempo a imagen de la familia de Nazaret. En la familia humana, reunida en Cristo, está restaurada la 'imagen y semejanza' de la Santísima Trinidad (cf. Gn 1,26), misterio del que brota todo amor verdadero”. (Amoris Laetitia, 71).
Más allá de la diversidad de tipos y formas de familias que existen hoy sociológicamente hablando, resulta primordial marcar una dirección hacia la que caminemos y desde donde podamos cuestionarnos ¿qué sería anunciar hoy la alegría del Evangelio en medio de las familias? ¿Es posible emitir juicios en torno a cuales son válidas y cuales no? El Dios de Jesús ha confiado en que, siempre es posible ‘la familia’ como Proyecto, más allá de la realidad que toque en suerte. Y llama a comprometerse en la construcción de familias más continentadoras y menos tóxicas, familias capaces de trascender y de madurar ámbitos generadores de felicidad y seguridad en este mundo concreto, familias capaces de ser auténticos lugares de acogida de la vida nueva, familias que puedan brillar en la oscuridad en medio del devenir de la misma realidad.
Es mucho más, lo que nos une …

Quisiera explicitar algunas coincidencias o cercanías de pensamiento que unen a la 'educación sexual laica oficial' y 'la educación afectivo sexual católica', sobre este tema:
a) La importancia de acompañar, apoyar y defender la institución ‘familia’ como elemento socializador fundamental y primario de la sociedad, que garantice a cada niño/a que nace, el ejercicio real del derecho a nacer, crecer y vivir en una familia;
b) Nunca perder de vista que toda modalidad familiar, incluso la tradicional, puede asumir en si misma, formas tóxicas, no sanas, agresivas, humillantes o abusivas de los seres humanos que la integran, quedando en evidencia así, la importancia mayor que conlleva trabajar sobre la manera en cómo funcionan y el cumplimiento de sus funciones esenciales; más que sobre la forma en que están compuestas;
c) Cada niño o niña que nace tiene derecho a vivir y crecer en una familia, y a su vez el Estado debe garantizar los apoyos necesarios para que las familias puedan cumplir cabalmente su rol. En este punto queda muchísimo por hacer …;
d) Algunas de las funciones de la familia siguen hoy vigentes, cualquiera sea su composición, como son: la socialización de nuevas generaciones, la protección y el apoyo de los sujetos en crecimiento, la formación de identidades, el desarrollo de la personalidad, ser sustento emocional de sus integrantes, etc;
e) Por último, nunca estuvo en duda que ya desde antes del nacimiento, comienza la construcción de la sexualidad en los individuos: sea desde las expectativas de las figuras parentales, las inquietudes, las represiones, las vergüenzas, los temores, la vivencia del propio cuerpo y el de los demás, el aprendizaje y la construcción de los roles sociales (familiares, laborales, de género, etc.), la adquisición de valores y hábitos, así como también el armado de la identidad sexual de los individuos.
Todo esto, no significa que el pensamiento cristiano no tenga singularidades propias. Pero, no por eso son inválidos los aspectos explicitados, como puntos de concordancia que nos unen con una educación sexual laica responsable.
Algunas especificidades que agrega el pensamiento cristiano
Toda educación afectivo sexual debe ser fundamentalmente una educación en y para el Amor, así como una educación en y para la libertad. Estas dos realidades caracterizan todo lo humano de forma específica y nos asemejan con Dios mismo.
Dios mismo se hace presente siempre en las familias, cualquiera sea su composición o forma, pues Dios no es una soledad, sino una familia, puesto que lleva en sí mismo paternidad, filiación y la esencia de la familia que es el amor.
La alianza de amor y fidelidad, de la cual vive la Sagrada Familia de Nazaret, ilumina el principio que da forma a cada familia, y la hace capaz de afrontar mejor las vicisitudes de la vida y de la historia. Ella se constituye como testimonio profético, de que siempre es posible lograr transformar la propia realidad, y generar un proyecto nuevo de amor en las distintas realidades que a uno le toca vivir.
Uno de los horizontes fundamentales de los seres humanos, lo constituye ‘la Familia’ como utopía y realidad de su existencia, y como proyecto humanizador al que están llamados a construir.
La familia es el ámbito privilegiado de acogida de la vida que llega como regalo de Dios.
Algunos aspectos que propongo para la acción …
Finalmente, intentaré delinear algunos aspectos que considero necesarios destacar para que, el anuncio evangélico se encarne en el contexto socio cultural que se transita y permita dar nuevo sentido a la institución ‘familia’, descubriendo en todas y cada una de las familias reales, la presencia del Dios-Amor.
En primer lugar, se necesita un cambio de paradigma y de lenguaje en todo lo que refiere a cómo abordar la institución familia. El Dios de Jesús es un Dios que se interesa y atraviesa todo lo humano desde el Amor. Esto me lleva a pensar que, no existen familias ideales y familias de segunda o tercera categoría. Sólo existen modalidades vinculares y familiares reales y encarnadas, que desafían a volver creíble en el mismo seno de ellas, la novedad del Evangelio y acompañarlas en sus devenires históricos para que logren constituirse en fuente de esperanza y de humanización para todos, cualquiera sea su condición. Se vuelve necesario, que las acciones, palabras y pensamientos se centren en el anuncio de ese Dios-Amor que da sentido a toda realidad humana y no en un Dios-castigador o juez, que clasifica a las diferentes familias en válidas o menos válidas.
Otro aspecto no menor, es la dimensión de ‘la libertad’, característica central que define al ser humano como tal. Ninguna pedagogía o acción educativa que se considere respetuosa de ‘la persona humana como valor fundamental’, más aún en el campo de las familias, puede omitir caminos de humanización basados en: el descubrimiento personal, logro de procesos interiores, desarrollo del espíritu crítico y procesos de decisiones que pasen por la propia conciencia moral del individuo, como opción que les permita lograr procesos graduales de seguridad emocional y no un mero cumplimento de requisitos sociales acerca de ¿a qué se le llama familia y a qué no?.
Para acompañar adecuadamente las diferentes familias se vuelve imprescindible respetar cada proceso, por eso es muy importante respetar su historicidad y la situación concreta de cada familia, promoviendo procesos graduales de descubrimiento del Dios-Amor.
Esto significa un cambio radical en la pedagogía que se utiliza para acompañar y realizar el anuncio evangélico. Siempre, son las propias personas quienes deciden sobre sus vidas y sus actos frente a Dios, siguiendo las ideas de bien que tienen, sin imponer las ideas de bien que la Iglesia considera que son las verdaderas o adecuadas.
No perder de vista en ningún momento que, las personas con las que se interactúa en los diferentes ambientes no tienen por qué coincidir o pensar con los mismos criterios que uno. Por tanto, para acompañar procesos personales y familiares toma importancia la aplicación del ‘principio del mal menor’. El mismo, permitirá orientar adecuadamente procesos de decisiones responsables y graduales, en la misma dirección que propone la fe cristiana.
Sigue abierto aún, un capítulo de reflexión, y de controversias con la misma realidad, relacionado a las modalidades familiares entre personas del mismo sexo por amor. Si bien la Iglesia ha tomado postura, aún estas realidades la siguen interpelando y desafiando en la búsqueda de nuevas respuestas, ya que esas modalidades familiares también forman parte de lo humano y vuelve necesario la necesidad de encontrar caminos alternativos con sentido.
Por último, me gustaría cerrar este artículo animando a encontrar caminos renovados de educación de la sexualidad que fomenten la construcción de modalidades vinculares que se constituyan en verdaderos ámbitos de humanización y de socialización, no sólo para aquellos que las integran, sino también para los que interactúan con las mismas.
Agustín Bergeret
Referencias bibliográficas
Ainsworth, Mary. (1978). Patrones de apego: evaluados en la situación extraña y en casa. N.Y.
Asamblea General de la ONU. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. Artículos 9, 18, 20, 21 y 27. Ginebra.
Asamblea General de la ONU. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos Paris. Artículo 16
Bolby, John. (1969). El vínculo afectivo. Ed. Paidós.
Bolby, John. (1973). La separación afectiva. Ed. Paidós.
Bolby, John. (1980). La pérdida afectiva. Ed Paidós.
Concilio Vaticano II. Constitución “Gaudium et Spes”. Biblioteca de Autores Cristianos, Trigésimo sexta edición, Madrid. (1967).
Exhortación Apostólica Amoris Laetitia. Roma. (2016)
Espinal, I., Gimeno, A. y González, F. (2004). El Enfoque sistémico en los estudios sobre la Familia. España.
Fonagy, Peter. (1993). Midiendo los fantasmas en la nursery: Un estudio empírico de la relación entre las representaciones de los padres de sus experiencias infantiles y la seguridad de apego de sus hijos. American Psychoanalytic Journal.
Ley 17823/ 2004. Uruguay.
Ley 19092/ 2013. Uruguay.
Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización, (2020). “Directorio para la Catequesis”. Librerìa Editrice Vaticana. (DC)
Rojas-Marcos, Laura. (2014). La familia: De relaciones tóxicas a relaciones sanas.
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